Los decretos que expida el Poder Ejecutivo y las resoluciones de las
que ordene su publicación, serán numerados correlativamente en series que
abarcarán cada una un año completo. Cada serie se indicará con el número
1 se diferenciará con el agregado - separado por un trazo - de las tres
últimas cifras del año correspondiente y la inserción de las letras D y
R, respectivamente (Ej. D. 1/991 y R. 1/991.).