MINISTERIO DEL INTERIOR
En todos los demás grados del Personal Superior, ordenados por
profesiones, los destinos o cargos que se les asignen, serán acordes con
la dignidad e investidura que cada uno conlleva, respetándose las
especialidades en todos aquellos casos que la naturaleza de la actividad
lo imponga.
CAPITULO V.- DEL SUBESCALAFON ESPECIALIZADO
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