Los Inspectores Mayores del Subescalafón Ejecutivo podrán desempeñar,
entre otros, los siguientes destinos y cargos:
1) Subdirector de Direcciones Nacionales o Dependencias equivalentes,
siempre que el cargo no pueda ser ocupado por un Inspector Principal.
2) Subjefe de Policía, siempre que el cargo no pueda ser ocupado por
un Inspector Principal.
3) Subdirector de Departamento del Ministerio del Interior.
4) Subdirector de la Dirección de Coordinación Ejecutiva de las
Jefaturas de Policía.
5) Director de Seguridad, de Grupos de Apoyo, de Investigaciones, de
Personal y del Departamento de Secretaría General de la Jefatura de
Policía de Montevideo, siempre que el cargo no pueda ser ocupado por un
Inspector Principal.
6) Jefe de Regimiento "Guardia Republicana" de la Jefatura de Policía
de Montevideo, siempre que el cargo no pueda ser ocupado por un Inspector
Principal.
7) 2do. Jefe del Regimiento "Guardia Republicana" de la Jefatura de
Policía de Montevideo.
8) Jefe de la Guardia de Coraceros o de la Guardia de Granaderos del
Regimiento "Guardia Republicana" de la Jefatura de Policía de Montevideo.
9) Subdirector de Seguridad, Investigaciones, Grupos de Apoyo,
Personal y Departamento de Secretaría General de la Jefatura de Policía de
Montevideo.
10) Director de Seguridad, Investigaciones y Grupos de Apoyo de las
Jefaturas de Policía del Interior.
11) Jefe de Zonas y Destacamentos de la Dirección Nacional de
Bomberos, siempre que el cargo no pueda ser ocupado por un Inspector
Principal.
12) Jefe del Cuerpo Central de la Dirección Nacional de Bomberos.
13) Miembro de la Junta Asesora de Servicios Policiales.
14) Integrante del Departamento de Instrucciones Sumariales del
Ministerio del Interior.
15) Director de los Establecimientos Carcelarios de la Dirección
Nacional de Cárceles, Penitenciarías y Centros de Recuperación, siempre
que los cargos no puedan ser ocupados por Inspectores Principales.
16) Subdirector de los Establecimientos Carcelarios de la Dirección
Nacional de Cárceles, Penitenciarías y Centros de Recuperación.
17) Subdirector de la Escuela Policial de Estudios Superiores.
18) Integrante del Estado Mayor Policial del Ministerio del Interior.
19) Subinspector de Escuelas y Cursos.
20) Jefe de la Inspección General de las Direcciones de Seguridad e
Investigaciones y Grupos de Apoyo, de la Jefatura de Policía de
Montevideo.
21) Jefe de las Zonas de Inspección de las Jefaturas de Policía.
22) Jefe de Estado Mayor Policial de la Jefatura de Policía del
Interior y Dirección Nacional o Dependencias equivalentes.
23) Jefe del Estado Mayor del Regimiento "Guardia Republicana" de la
Jefatura de Policía de Montevideo.
24) Presidente o Miembro de los Tribunales Regionales de Honor.
25) Presidente o integrante de las Juntas Calificadoras que prevé la
Ley Orgánica Policial.
26) Instructor Sumariante de las Jefaturas de Policía del Interior y
Direcciones Nacionales.
27) Jefe de Estudios de la Escuela Nacional de Policía.
28) Jefe de Cuerpo de la Escuela Nacional de Policía.
29) Secretario de la Junta Nacional Calificadora para Oficiales
Superiores y Comisarios Inspectores del Subescalafón Ejecutivo, siempre
que el cargo no pueda ser ocupado por un Inspector Principal.
30) Jefe del Estado Mayor de la Dirección Nacional de Bomberos.
31) 2do. Jefe del Cuerpo Central de la Dirección Nacional de Bomberos.
32) Jefe de la Inspección General de la Dirección Nacional de Policía
Caminera.
33) Ayudante del Director de la Policía Nacional.
34) Integrante de la Inspección Nacional de Policía.
35) Integrante de las Comisiones del Ministerio del Interior con otros
organismos del Estado.
36) Presidente o integrante de Comisiones de Estudio sobre temas
policiales, designados por el Comando del Ministerio del Interior.
37) Todos aquellos otros destinos previstos en las reglamentaciones
vigentes o que -por su similitud con los anteriores- estén acordes con la
dignidad e investidura que el grado conlleva.
Los cargos correspondientes al Regimiento "Guardia Republicana" de la
Jefatura de Policía de Montevideo, serán ocupados por Comandantes, grado
equivalente al de Inspector Mayor en esa Repartición.
Los destinos o cargos indicados en los numerales 13, 35 y 36 podrán
ser ocupados por Inspectores Mayores en situación de Actividad o Retiro.