Fecha de Publicación: 22/04/2003
Página: 11-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 3

 La estructura de cargos y contratos de función pública a que refiere el 
artículo precedente y la correspondiente regularización tendrán vigencia 
a partir del 1ro. de enero de 2001.
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