Fecha de Publicación: 05/03/2025
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 4

   Las retribuciones personales correspondientes a las rentas de trabajo obtenidas por el o los artistas no residentes no accederán a la exoneración prevista en la norma que se reglamenta cuando se verifique alguno de los siguientes incumplimientos:

a) la inclusión de información incorrecta con relación a la mencionada en
   el artículo 2° del presente Decreto en la correspondiente declaración
   jurada;
b) la existencia de discrepancias entre la documentación adjunta y la
   información contenida en la referida declaración; o
c) la presentación fuera de plazo de la citada declaración jurada.
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