Fecha de Publicación: 31/12/2007
Página: 764-A
Carilla: 126

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 34

 La aplicación de las presentes normas no significan en ningún caso, disminución en la remuneración actual de los funcionarios del Instituto Nacional de Colonización. A los efectos de este artículo, no se entienden por remuneración las  partidas que actualmente se cobran por diferencias provocadas por subrogaciones.
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