Decreto 513/994
Sistematízase y actualízase la normativa en materia de Restaurantes.
Ministerio de Turismo
Montevideo, 23 de noviembre de 1994.
Visto: la necesidad de sistematizar y actualizar la normativa en
materia de Restaurantes.
Resultando: Que las normas que regulan dicha actividad, deben ser
adecuadas a fin de proporcionar un mejor funcionamiento de ese sector de
actividad.
Considerando: Que la oportunidad resulta propicia, para establecer
pautas de desarrollo y asegurar mayor transparencia en la oferta del
mencionado sector.
Atento: A lo expresado y a lo que disponen los artículos 3º y 7º inciso
E) 11 y 12 del Decreto Ley 14.335 de 23 de Diciembre de 1974 y artículo 84
de la Ley 15.851 de 24 de Diciembre de 1986.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Quedan comprendidos en el concepto de restaurante los establecimientos, cualquiera sea su denominación cuya actividad principal consista en servir al público mediante precio, comidas y bebidas para ser consumidas en el mismo local.