MINISTERIO DE TURISMO
Los establecimientos regulados por el presente decreto cuidarán especialmente: a) el trato amable y cortés a la clientela, atendiéndola con rapidez y eficacia. b) La limpieza de los locales, mobiliario y menage. c) el perfecto funcionamiento y decoro de los servicios sanitarios y la correcta presentación del personal.Ayuda