Fecha de Publicación: 28/12/2005
Página: 751-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 10

 El sueldo del personal administrativo comprendido en la categoría
ESPECIAL, estará regulado por los grados de la Escala Patrón Unica que se
indican a continuación:

ESCALA     Al ingresar al cargo de:     GRADO EPU

N° 13     Subgerente General     59

N° 14     Primer Subgerente General y Contador General     63

N° 15     Secretario General y Coord. General de la
          División Internacional (*)     64

N° 16     Gerente General     65

(*) El cargo de Coordinador General de la División Internacional cesa al
vacar.
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