Fecha de Publicación: 07/01/2002
Página: 150-A
Carilla: 24

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 25

 En oportunidad en que las partidas de carácter no limitativo, sean 
incrementadas en función de las necesidades del Organismo se cursará la 
correspondiente comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y 
al Tribunal de Cuentas.
Ayuda