MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 05/02/1975.
Tasas de retención. - Las tasas de retenciones son: 34% (treinta y cuatro por ciento) sobre las rentas netas mencionadas en el apartado 1) del artículo 110. 20% (veinte por ciento) sobre las rentas netas del apartado 2 del mismo artículo.Ayuda