Fecha de Publicación: 28/01/1975
Página: 158-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 05/02/1975.

Artículo 51

Resultados de enajenación de establecimientos y operaciones similares. -
El resultado de las operaciones que importen modificación en la
titularidad de una empresa, tales como enajenaciones, disoluciones
totales o parciales, cesiones de cuotas, fusiones, absorciones o
transformaciones de sociedades y demás operaciones análogas, se
determinará por diferencia entre el precio de la operación y el valor
fiscal del patrimonio transferido.
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