Resultados del ejercicio. - Las diferencias de cambio y los intereses por
financiación constituirán resultados del ejercicio en que se produzcan o
se devenguen según el sistema seguido por el contribuyente. Las
integraciones y rescates de capital en sociedades anónimas, cualquiera
fuera la cotización, no determinan resultados computables.
La disposición precedente se aplicará a las sociedades en comandita
por acciones por su capital accionario.