(Objetivos de las nuevas categorías). Los objetivos de manejo para las
categorías previstas en el artículo anterior serán:
A) Area de manejo de hábitats y/o especies:
1º. Mantener el hábitat en las condiciones necesarias para proteger a
especies importantes, grupos de especies, comunidades bióticas o
característicos físicas del ambiente, cuando ello exija cierto tipo de
manipulación humana concreta para un manejo óptimo;
2º. Facilitar las investigaciones científicas y el monitoreo
ambiental, como principales actividades asociadas al manejo sostenible de
los recursos;
3º. Establecer áreas limitadas con fines educativos y para que el
público aprecie las características de los hábitat en cuestión y de las
actividades de manejo de la vida silvestre;
4º. Excluir, y por lo tanto prevenir, la explotación u ocupación
hostiles a los propósitos de designación; y,
5º. Aportar a las poblaciones que viven dentro del área designada los
beneficios derivados de las prácticas o actividades que sean compatibles
con los otros objetivos de manejo.
B) Area protegida con recursos manejados:
1º. Proteger y mantener a largo plazo la diversidad biológica y otros
valores naturales del área;
2º. Promover prácticas de manejo racionales con fines de producción
sostenible;
3º. Preservar la base de recursos naturales contra la enajenación de
otras modalidades de utilización de tierras que sean perjudiciales para
la diversidad biológica del área; y,
4º. Contribuir al desarrollo regional y nacional.