Fecha de Publicación: 10/12/1990
Página: 306-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Decreto 520/990

Reglamenta, ley 16.127, incentivos para funcionarios públicos renunciantes.

Ministerio del Interior.
 Ministerio de Relaciones Exteriores.
  Ministerio de Economía y Finanzas.
   Ministerio de Defensa Nacional.
    Ministerio de Educación y Cultura.
     Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
      Ministerio de Industria y Energía.
       Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
        Ministerio de Salud Pública.
         Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
          Ministerio de Turismo.
           Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial
           y Medio Ambiente.

                                    Montevideo, 1º de noviembre de 1990.

   Visto: lo dispuesto por el Capítulo IV de la ley 16.127 de 7 de agosto
de 1990.

   Resultando: que el mismo establece un régimen de incentivos para los
funcionarios que renuncien a la función pública, el cual se considera
necesario reglamentar.

   Considerando: que de acuerdo al artículo 168, numeral 4º de la
Constitución de la República al Poder Ejecutivo, le corresponde expedir
la reglamentación que sea necesaria para la ejecución de las leyes.

   Atento: a lo expuesto,

   El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                                DECRETA:

Artículo 1

   Los funcionarios públicos que renuncien para acogerse al régimen de
incentivos previsto en el Capítulo IV de la ley 16.127 de 7 de agosto de
1990, tendrán plazo hasta el 18 de febrero de 1991 inclusive, para
presentar sus respectivas renuncias, debiendo manifestar claramente en 
la solicitud, que lo hacen al amparo de dicha normativa, con expresa
indicación de la opción seleccionada.

   Los funcionarios que hubieren presentado renuncia entre el 21 de
agosto de 1990 y la fecha de entrada en vigencia de este decreto, tendrán
el mismo plazo previsto en el inciso precedente, para presentarse, 
estableciendo su voluntad inequívoca de ampararse en el régimen de 
incentivos y expresando la opción seleccionada.

LACALLE HERRERA. - JUAN ANDRES RAMIREZ. - EDUARDO MEZZERA. - ENRIQUE 
BRAGA SILVA. - MARIANO R. BRITO.- GUILLERMO GARCIA COSTA.- WILSON ELSO GOÑI.- GUSTAVO CERSOSIMO.- CARLOS A. CAT.- ALFREDO SOLARI.- ALVARO 
RAMOS.- AMADEO OTATTI FOLLE.- RAUL LAGO.
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