Fecha de Publicación: 14/01/1985
Página: 100-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

          (Contribuyentes). Son contribuyentes del impuesto que se
reglamenta:

a) quienes no siendo sujetos pasivos del Impuesto a las Rentas de la
Industria y Comercio enajenen los bienes gravados a contribuyentes del
citado impuesto, a Administraciones Municipales o a Organismos estatales,

b) quienes exporten bienes gravados de su propia producción,

c) los productores de los bienes gravados que sean contribuyentes del
Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio y manufacturen o
comercialicen dichos bienes.
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