(Obligaciones del agente de retención). En oportunidad de
practicar cada retención los agentes deberán emitir resguardos de
retención que entregarán a los retenidos, en formularios que suministrará
la Dirección General Impositiva. Quienes adquieran bienes gravados a
productores lecheros emitirán un resguardo mensual por todas las
operaciones del mes.
El agente solo entregará el resguardo de retención si el contribuyente
aporta el número del Registro Unico de Contribuyentes mediante exhibición
del documento respectivo.