Decreto 525/001
Incorpóranse modificaciones a lo dispuesto por el Decreto 393/000,
referente al régimen de devolución de tributos a las exportaciones
establecido por la Ley 16.492.
(51*R)
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 31 de diciembre de 2001
VISTO: el régimen de devolución de tributos a las exportaciones,
establecido por la Ley Nº 16.492, de 2 de junio de 1994.-
CONSIDERANDO: que es necesario incorporar modificaciones a lo dispuesto
por el Decreto Nº 393/000, de 27 de diciembre de 2000.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por la mencionada Ley Nº
16.492.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Fíjanse las tasas de devolución de tributos que en cada caso se indican,
a las exportaciones de productos incluidos en el Anexo I, que forma parte
integrante del presente Decreto.-