Decreto 526/985
Se modifica parcialmente el "Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio de Viviendas de las Fuerzas Armadas".
Ministerio de Defensa Nacional.
Montevideo, 1º de octubre de 1985.
Visto: lo dispuesto por el decreto del Poder Ejecutivo 463/977 de 16 de
agosto de 1977, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización y
Funcionamiento del Servicio de Viviendas de las Fuerzas Armadas.
Considerando: es conveniente aclarar expresamente que queda incluído en
la labor de los Escribanos del Servicio de Viviendas de las Fuerzas
Armadas la autorización de las escrituras públicas y demás actos
jurídicos en que sea parte el mencionado Servicio, cualquiera sea su
objeto como por ejemplo: Préstamos Hipotecarios, Compraventas.
Atento: a los fundamentos expuestos,
El Presidente de la República
DECRETA:
Modifícase el numeral 5 punto 5.1.3.2.3. literal b) numeral 2º del
"Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio de Viviendas de
las Fuerzas Armadas" aprobado por decreto del Poder Ejecutivo 463/977 de
16 de agosto de 1977, que quedará redactado de la siguiente manera:
"2º. Preparar los proyectos de normas legales y reglamentarias
que se soliciten, así como los contratos, convenios, actas,
escrituras y otros actos jurídicos en que intervengan el
Servicio o las dependencias del Ministerio de Defensa Nacional
que así lo solicitan en las materias del Servicio, tratándose
de escrituras públicas y demás actos jurídicos en que el
Servicio sea parte, también estará a cargo de los Escribanos
del Departamento Jurídico su autorización".