Fecha de Publicación: 12/03/2014
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 3

 (Alcance)
El presente Decreto establece los límites máximos de exposición a Campos
Electromagnéticos para el público y trabajadores generados por emisiones
de frecuencias que se encuentren entre 1 Hz (herzio) y 300 GHz
(gigaherzios).
Se encuentran excluidos los casos de pacientes sometidos a diagnóstico o
tratamiento médico bajo supervisión.
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