Fecha de Publicación: 13/12/1993
Página: 457-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 10

   Los funcionarios mantendrán las fechas de acceso al grado que ostenten
al 31 de diciembre de 1993, con las equivalencias que resulten de la
aplicación de este Presupuesto, y pasarán automáticamente de grado cada
cuatro o cinco años, en las condiciones previstas por el artículo
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