Fecha de Publicación: 13/12/1993
Página: 457-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 15

   El Directorio de PLUNA queda facultado para establecer una prima por
rendimiento para el personal del Organismo, que se atenderá con fondos
provenientes de las economías del Rubro 0 producidas durante el ejercicio,
previa opinión de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. La forma de
percepción de este beneficio será determinada mediante reglamento
interno.
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