Fecha de Publicación: 13/12/1993
Página: 457-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 9

  La remuneración del personal del Escalafón Técnico Profesional se  
regirá por la siguiente escala: 

 Categoría "A" (Ingenieros, Contadores, Economistas, Abogados y Médicos):
GRADO 8: Con más de 30 años de permanencia en el cargo profesional 
$ 2.500
GRADO 7: Con más de 25 años de permanencia en el cargo profesional 
$ 2.100 
GRADO 6: Con más de 20 años de permanencia en el cargo profesional 
$ 1.899 
GRADO 5: Con más de 16 años de permanencia en el cargo profesional 
$ 1.762 
GRADO 4: Con más de 12 años de permanencia en el cargo profesional 
$ 1.625 
GRADO 3: Con más de 8 años de permanencia en el cargo profesional  
$ 1.488  
GRADO 2: Con más de 4 años de permanencia en el cargo profesional  
$ 1.351 
GRADO 1: Sueldo de ingreso para todas las profesiones $ 1.237

 Categoría "B" (Procuradores, Ayudantes de Ingeniero, Técnicos en
Administración, Sociólogos y Practicantes de Medicina):
GRADO 7: Con más de 26 años de permanencia en el cargo profesional 
$ 1.625 
GRADO 6: Con más de 21 años de permanencia en el cargo profesional 
$ 1.488 
GRADO 5: Con más de 16 años de permanencia en el cargo profesional 
$ 1.351 
GRADO 4: Con más de 12 años de permanencia en el cargo profesional  
$ 1.237 
GRADO 3: Con más de 8 años de permanencia en el cargo profesional $ 1.174 
GRADO 2: Con más de 4 años de permanencia en el cargo profesional $ 1.070 
GRADO 1: Sueldo de ingreso para todas las profesiones          $ 976  
Ayuda