Fecha de Publicación: 03/12/1993
Página: 393-A
Carilla: 15

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 3

   La estructura y niveles tarifarios que se aprueban por el presente
Decreto, se aplicarán en base a las normas contenidas en el Tarifario
General de los Puertos del uruguay, aprobado por decreto del Poder
Ejecutivo, del día de la fecha.
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