Los beneficiarios de exoneraciones parciales otorgadas conforme a las
disposiciones vigentes, deberán actualizar el valor de las libretas de
boletos adquiridos con anterioridad a la vigencia de este Decreto dentro
de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de
éstas tarifas.
Vencido el plazo, los puestos de recaudación de peaje no recibirán
como pago boletos que no han sido actualizados.