Fecha de Publicación: 02/12/1992
Página: 1529-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 2

   Los beneficiarios de exoneraciones parciales otorgadas conforme a las
disposiciones vigentes, deberán actualizar el valor de las libretas de
boletos adquiridos con anterioridad a la vigencia de este Decreto dentro
de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de
éstas tarifas.
   Vencido el plazo, los puestos de recaudación de peaje no recibirán
como pago boletos que no han sido actualizados. 
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