Decreto 544/985.- Se ajusta la reglamentación a las modificaciones sobre el impuesto a la venta de moneda extranjera.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 9 de octubre de 1985.
Visto: lo dispuesto por los artículos 65 y 66 de la ley 15.767 de 13 de
setiembre de 1985.
Considerando: que es necesario ajustar la reglamentación a las
modificaciones introducidas por la ley mencionada.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Agrégase al artículo 2° del decreto 258/984 de 29 de junio de 1984, el siguiente inciso:
"Asimismo serán contribuyentes quienes se encuentren comprendidos en
el literal A) del artículo 2°) del Título 2 del Texto Ordenado 1982, por aquellas ventas que sean realizadas a quienes no se encuentren
mencionados en el inciso anterior, realizadas a partir del 4 de octubre
de 1985".