Fecha de Publicación: 30/12/2005
Página: 794-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

 La Administración Nacional de Aduanas  implementará las medidas
tendientes a efectos del cumplimiento de los procedimientos aduaneros
establecidos en la Decisión CMC 37/05, en los plazos especificados en la
misma y en el artículo 3º del presente Decreto.-
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