Fecha de Publicación: 23/02/2015
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Fe de erratas publicada/s: 20/01/2016.

Artículo 7

   Cométase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, la comunicación del presente a la Dirección General de Registros del Ministerio de Educación y Cultura y a los Gobiernos Departamentales de Canelones, Montevideo y San José, así como la prosecución de los trámites correspondientes para la numeración de los padrones del anexo 4 del presente decreto.-
Ayuda