Fecha de Publicación: 26/12/2006
Página: 770-A
Carilla: 20

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 30

 La aplicación de las presentes normas no significan en ningún caso, disminución en la remuneración actual de los funcionarios del Instituto Nacional de Colonización.
A los efectos de este artículo, no se entienden por remuneración las partidas que actualmente se cobran por diferencias provocadas por subrogaciones.
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