Fecha de Publicación: 26/12/2006
Página: 770-A
Carilla: 20

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 6

 Las partidas del grupo 0 (grupos 0 "Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7.5 "Beneficios Sociales", incluyen el aumento salarial otorgado con vigencia al mes de enero de 2005; e incluyen asimismo la mano de obra de la Inversión.
Los sueldos de los señores Miembros del Directorio se determinaron en concordancia con lo comunicado por Nota de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto con vigencia al mes de enero de 2005.
La remuneración establecida para los cargos de los Señores Gerentes General y Secretario de Directorio queda regulada en el 95% y el 80% respectivamente de la retribución de los Señores Miembros del Directorio, excepto la del Señor Presidente.
Los créditos para atender el pago de las retribuciones de los señores Miembros del Directorio están computados en el Derivado 011.2.1; los correspondientes a los Señores Gerente General y Secretario de Directorio, están computados en el Derivado 011.3; y los correspondientes a los funcionarios redistribuidos presupuestados se prevén en el Derivado 011.1.1 y todos los demás cargos se computan en los Derivados 021.1.1 de la partida de contratados.
Ayuda