Una vez recibida la solicitud de iniciar un proceso de selección, la
Oficina Nacional del Servicio Civil, en un plazo máximo de diez días
corridos, procederá a consultar la nómina de personal a redistribuir. En
caso que de dicha consulta resulte personal con el perfil requerido, se
continuará con el proceso de redistribución de acuerdo al marco normativo
que rige a dichos efectos.
Toda vez que las necesidades no pudieren satisfacerse por medio de los
mecanismos enunciados, quedará expedita la vía para iniciar los procesos
de reclutamiento y selección correspondientes.