Fecha de Publicación: 16/02/2011
Página: 537-A
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 11

 Iniciado el proceso de selección, el Inciso y la Oficina Nacional del
Servicio Civil, a través del sistema de Reclutamiento y Selección de
Personal, diseñarán en forma conjunta las Bases del Llamado, el que deberá
ser aprobado finalmente por la Oficina Nacional del Servicio Civil.
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