Fecha de Publicación: 16/02/2011
Página: 537-A
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 13

 Una vez confeccionadas las Bases del Llamado, el Jerarca correspondiente
procederá a la aprobación del llamado a concurso estableciendo la
modalidad del mismo, el que deberá ser previamente definido por la Oficina
Nacional del Servicio Civil.
La Resolución del Jerarca tendrá el siguiente contenido:
a) Llamado a concurso suficientemente fundado.
b) Modalidad adoptada para el mismo.
c) Norma habilitante del llamado (según el tipo de vínculo).
d) Disponibilidad presupuestal con determinación del objeto del gasto.
e) Cantidad de cargos/funciones/tareas y perfil de los mismos.
f) Aprobación de las Bases.
g) Designación del Tribunal.
h) Orden de publicación del Llamado.
i) Disponibilidad presupuestal certificada por la Contaduría General
   de la Nación;
Ayuda