No obstante el proceso de planificación anual, los Jerarcas de los
Incisos 02 a 15 de la Administración Central podrán solicitar por razones
debidamente justificadas la tramitación de necesidades de personal
extraordinarias, las que originarán una modificación y ajuste del plan
anual. La formulación de dichas necesidades deberá contemplar los
contenidos previstos en el artículo anterior.