La dispensación de los productos prescriptos bajo fórmula magistral a los pacientes, se hará exclusivamente en las farmacias autorizadas para tal fin, las cuales realizarán la revisión de la formulación establecida en la prescripción y la puesta en forma farmacéutica con procedimientos que pueden incluir entre otros: dilución, concentración, fraccionamiento, mezclado y envasado. En ningún caso se podrán elaborar preparaciones sin la correspondiente prescripción médica, la que deberá estar destinada a un paciente determinado.