Fecha de Publicación: 20/11/1980
Página: 550-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

               De acuerdo a lo dispuesto por el inciso e) del artículo 5º
del Decreto Constitucional 3/976 de 1º de setiembre de 1976, rigen para el
personal municipal las mismas normas sobre incompatibilidades,
compensaciones, contrataciones y acumulaciones de sueldos vigentes en lo
nacional.
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