MINISTERIO DE JUSTICIA
Fe de erratas publicada/s: 08/03/1978.
La Corte de Justicia con la integración militar completa a que alude el artículo precedente es por su naturaleza un órgano compuesto pluripersonal, y por tal mérito así debe formar válidamente su voluntad técnica, evitando la ausencia total o parcial de componentes legales.Ayuda