MINISTERIO DE JUSTICIA
Fe de erratas publicada/s: 08/03/1978.
Si la Corte de Justicia debiera intervenir en el fuero militar y no se hallara integrada completamente por los Miembros Militares según lo señala la ley, a mérito de vacancia, recusación, impedimento o licencia en esos cargos, aún cuando la situación fuera sólo parcial, procederá de oficio a llenar ese vacío.Ayuda