Fecha de Publicación: 10/03/2010
Página: 627-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 4

 El Consejo tendrá como cometido asesorar a la Comisión Honoraria de
Desarrollo Apícola en la elaboración de las pautas y planes vinculados a
los objetivos y cometidos de la Comisión, plantear los temas que requieran
coordinación y apoyar a la Comisión en el cumplimiento de sus cometidos.
Las decisiones del Consejo tendrán la naturaleza de recomendaciones y se
elevarán a la Comisión Honoraria a través del Coordinador.

                               CAPITULO II
                Aporte para el Fondo de Desarrollo Apícola
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