Fecha de Publicación: 15/02/2022
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

   Serán beneficiarios del Programa Habitacional "Entre Todos", aquellos aspirantes que estén comprendidos dentro de la población meta, contemplados en el Plan Quinquenal vigente, establecido por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, siendo estos los sectores socioeconómicos bajo, medio bajo y medio de la población.
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