Fecha de Publicación: 02/04/1990
Página: 8-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 7

   Se designará para cada Tribunal por Orden del Comando General un grupo
de Asesores, expertos en los temas seleccionados, con la finalidad de
colaborar en lo referente a la preparación, aclaración y reclamos sobre
las preguntas que integran las Pruebas. 
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