La compensación por Quebranto de Caja se fijará de acuerdo con la
importancia del riesgo asumido dedido a:
a) El monto de efectivo o valores al portador directamente manejado.
b) El número de operaciones realizadas con público o similar.
c) Las posibilidades materiales de error en la entrega o percepción del
dinero o valores que presentan las tareas permanentes realizadas.