MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Método de valuación. - El método de valuación a que se refiere el artículo 7º del Título 8 del T. O. 1987 es de aplicación para los semovientes que integren el activo circulante y para los reproductores machos de pedigrí y puros por cruza cuando no se opte por avaluarlos como activo fijo.Ayuda