Fecha de Publicación: 18/03/1998
Página: 1066-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Decreto 60/998

Apruébase la clasificación de vehículos establecida en el Anexo "Reglamento Armonizado, Clasificación de Vehículos" de la Resolución
del Grupo Mercado Común 35/994.
(567*R)

    MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA.-
     MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.-
      MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS.-


                                            Montevideo, 4 de marzo de 1998

    VISTO: la Resolución del Grupo Mercado Común Nº 35/94;

    RESULTANDO: la necesidad de armonizar las reglamentaciones técnicas de
los Estados Partes del MERCOSUR, para facilitar el intercambio de
vehículos y sus partes, eliminando los obstáculos que pudieran resultar de
la aplicación de las normas técnicas vigentes.

    CONSIDERANDO: lo establecido en el artículo 38 del Protocolo de Ouro
Preto, ratificado oportunamente por el Gobierno de la República;

                       EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                   DECRETA:

Artículo 1

A los efectos de la aplicación de las normas técnicas que establecen
requisitos a cumplir por los vehículos, según la categoría que les
corresponda, y considerando las resoluciones armonizadas entre los Estados
Partes del MERCOSUR referidas a requisitos de seguridad, emisiones de
gases contaminantes y ruidos, apruébase la clasificación de vehículos
establecida en el Anexo "Reglamento Armonizado, Clasificación de
Vehículos" de la Resolución del Grupo Mercado Común Nº 35/94, la que se
incluye como Anexo al presente Decreto.


Recibido por D. O. el 11 de Marzo de 1998
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