Decreto 60/998
Apruébase la clasificación de vehículos establecida en el Anexo "Reglamento Armonizado, Clasificación de Vehículos" de la Resolución
del Grupo Mercado Común 35/994.
(567*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA.-
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.-
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS.-
Montevideo, 4 de marzo de 1998
VISTO: la Resolución del Grupo Mercado Común Nº 35/94;
RESULTANDO: la necesidad de armonizar las reglamentaciones técnicas de
los Estados Partes del MERCOSUR, para facilitar el intercambio de
vehículos y sus partes, eliminando los obstáculos que pudieran resultar de
la aplicación de las normas técnicas vigentes.
CONSIDERANDO: lo establecido en el artículo 38 del Protocolo de Ouro
Preto, ratificado oportunamente por el Gobierno de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
A los efectos de la aplicación de las normas técnicas que establecen
requisitos a cumplir por los vehículos, según la categoría que les
corresponda, y considerando las resoluciones armonizadas entre los Estados
Partes del MERCOSUR referidas a requisitos de seguridad, emisiones de
gases contaminantes y ruidos, apruébase la clasificación de vehículos
establecida en el Anexo "Reglamento Armonizado, Clasificación de
Vehículos" de la Resolución del Grupo Mercado Común Nº 35/94, la que se
incluye como Anexo al presente Decreto.