Saldos deudores de socios. - Los saldos deudores de socios de
sociedades personales serán considerados activos, al solo efecto de
determinar la participación que en el patrimonio social corresponde a
cada socio. Asimismo, no se deducirán las pérdidas incluidas en el activo
si los socios están obligados a restituirlas a la sociedad por expreso
mandato del estatuto social.