Fecha de Publicación: 06/10/1988
Página: 35-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

   Obligados a presentar declaraciones juradas. Están obligados a 
presentar declaraciones juradas además de los contribuyentes y agentes de
retención:

a) Las personas jurídicas constituídas en el país con capital accionario
   nominativo;
b) Los sujetos pasivos del Impuesto a las Rentas de la Industria y
   Comercio.
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