La importación de bienes que no se produzcan en el país pero de los
que exista producción de similares nacionales, estará gravada por una
tasa global del 53% cuando tal importación pueda producir daño a la industria nacional. Esta tasa global estará compuesta del 28% de recargo,
el 19% de Impuesto Aduanero Unico, 4% de Tasas Consulares y 2% de Tasa de
Movilización de Bultos.