Fecha de Publicación: 13/03/2006
Página: 493-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 12

 El Directorio dispondrá la eliminación de las vacantes que se produzcan
en el año 2005 de acuerdo a las disposiciones legales vigentes,
disminuyéndose del Grupo 0 el importe correspondiente. A esos efectos, la
Administración Nacional de Puertos comunicará a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto al 31 de enero de 2005 la eliminación de las
vacantes generadas entre el 1º de junio de 2004 y el 31 de diciembre de
2004. En caso de que el Directorio entienda imprescindible mantener el
cargo vacante, a los efectos de preservar una correcta prestación de los
servicios, se deberá entonces suprimir partidas del Grupo 0 por un monto
equivalente a por lo menos dos niveles inferiores del cargo de acuerdo a
la estructura de cargos determinada en Anexo B2.
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