Fecha de Publicación: 13/03/2006
Página: 493-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 15

 Retribución a la función de Director de la Empresa Terminal Cuenca del
Plata S.A..- Los dos representantes de la Administración Nacional de
Puertos en el Directorio de Terminal Cuenca del Plata S.A., designados
por el Directorio de la A.N.P., según el artículo 20 de la Ley No. 17243,
percibirán durante el ejercicio de esas funciones, una retribución máxima
mensual, por todo concepto, equivalente a la diferencia existente entre
la remuneración que perciban los Directores (vocal) de la Administración
Nacional de Puertos y cualquier otra remuneración que perciba con cargo a
fondos del Estado.
Ayuda