MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
Extiéndense los beneficios del artículo 2º a las importaciones de repuestos, herramientas y accesorios que no sean competitivos con los producidos por la Industria Nacional y sean de uso exclusivo de las máquinas, equipos e instalaciones a que se refiere dicho artículo, aún cuando no se importen conjuntamente con éstos.Ayuda